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Reporte sobre Trata de Personas 2012: Costa Rica

Costa Rica (Categoría 2)

Reporte sobre Trata de Personas

Reporte sobre Trata de Personas

Costa Rica es un país de origen, tránsito y destino para hombres, mujeres y niños víctimas de trata con fines de explotación sexual y trabajo forzado. Las mujeres costarricenses y los niños son víctimas de la trata con fines de explotación sexual en el país, y los residentes del norte y del centro de las zonas de la costa del Pacífico son particularmente vulnerables a la trata interna. Las mujeres y las niñas de Nicaragua, la República Dominicana y otros países de América Latina han sido identificados en Costa Rica como víctimas de la trata con fines de explotación sexual y de servidumbre doméstica. El turismo sexual infantil es un problema grave, especialmente en las provincias de Guanacaste, Limón, Puntarenas y San José. Los turistas sexuales llegan principalmente de los Estados Unidos y Europa. Costa Rica es un destino de otros países de América Central y para los hombres de los países asiáticos sometidos a condiciones de trabajo forzado, especialmente en la agricultura, la construcción y sectores de la pesca.

El Gobierno de Costa Rica no cumple plenamente con las normas mínimas para la eliminación de la trata, sin embargo, está haciendo esfuerzos significativos para hacerlo.  Durante el año, el gobierno logró su primera condena desde la modificación en su legislación sobre la trata en el 2009, aumentó la capacitación contra la trata de funcionarios del gobierno, ha otorgado a varias víctimas extranjeras el estatus de residencia temporal con permiso de trabajo y se ha dado un fortalecimiento de los esfuerzos de prevención.  Aunque las autoridades proporcionan servicios a las víctimas de la trata a través de programas centrados en víctimas de delitos generales, o de niños vulnerables, los servicios especializados para las víctimas de trata siguen siendo desiguales, y el gobierno no financió refugios dedicados a las víctimas de la trata. Los esfuerzos del Ministerio Público se mantienen débiles, y algunos funcionarios confunden la trata de personas con el tráfico de inmigrantes.

Recomendaciones para Costa Rica: Intensificar los esfuerzos para investigar y elevar a juicio los delitos de trata, y condenar y castigar a los infractores de la trata, fortalecer unidades especializadas en la fiscalía y la policía a través de mayores recursos y capacitación, financiar servicios especializados para víctimas de la trata, posiblemente mediante el establecimiento de un albergue para las víctimas de trata o mediante financiamiento de las organizaciones no gubernamentales para proveer servicios, garantizar que los casos de trata de personas que no impliquen movimiento son investigados y procesados y que las víctimas de estos crímenes reciban los servicios adecuados, seguir formando a los funcionarios, incluidos los inspectores de trabajo, para identificar y responder a los casos de trata, y mejorar la recopilación de datos para la aplicación de la ley y los esfuerzos de protección de las víctimas.

Penalización

El Gobierno de Costa Rica hizo modestas mejoras en sus esfuerzos de aplicación de la ley contra la trata en el último año. Se condenó a un tratante y aumentó la capacitación contra la trata de los funcionarios durante el año.  La ley costarricense prohíbe todas las formas de trata de personas.  El artículo 172 del Código Penal establece penas de prisión de seis a 16 años de prisión por el movimiento de personas a través de las fronteras y dentro del país con fines de prostitución, servidumbre sexual o laboral, esclavitud, trabajos o servicios forzados, matrimonio servil, la mendicidad forzada u otras formas de servicio obligado.  Esta ley también prohíbe la adopción ilegal, un delito separado de la trata de personas.  Las sanciones establecidas en el artículo 172 modificado son lo suficientemente severas y proporcionales a las previstas para otros delitos graves, como la violación.  El artículo 189 del Código Penal prohíbe mantener a una persona en servidumbre, estableciendo penas de prisión de cuatro a 12 años de prisión.  Los casos de trata con fines de explotación sexual o trabajo forzado que no impliquen movimiento no se consideran casos de trata de seres humanos bajo la ley de Costa Rica, aunque se tipifican como delito conforme a los estatutos del Código Penal que prohíben mantener a una persona en servidumbre y proxenetismo agravado.

La unidad de delitos contra la integridad física, trata y tráfico de personas del Organismo de Investigación Judicial (OIJ) informó de la investigación de 23 casos de trata de personas, de los cuales 14 fueron con fines de explotación sexual y cuatro de ellos con fines de explotación laboral.  Varios operativos policiales se llevaron a cabo en colaboración con personal de las ONG.  Las autoridades no informaron el número de casos de trata que fueron procesados durante el año, sin embargo, un delincuente fue condenado por trata con fines de explotación sexual usando la ley del 2009, condenándolo a 12 años de prisión.  No había ninguna unidad especializada en la fiscalía para los delitos de trata, aunque el Fiscal General emitió directrices que establecen que la fiscalía de la delincuencia organizada es responsable de procesar los casos de trata. Sin embargo, esta unidad contaba con recursos insuficientes.  Las organizaciones no gubernamentales y los funcionarios señalaron que algunos policías y fiscales confunden la trata con el tráfico.  Varios ministerios de gobierno proporcionaron capacitación a más de 700 funcionarios del gobierno a menudo en colaboración con las organizaciones de la sociedad civil.  Las autoridades iniciaron la investigación de un alcalde por posibles delitos de trata pero no informaron de ningún procesamiento o condena de funcionarios públicos cómplices de la trata de personas durante el año.

Protección

El Gobierno de Costa Rica mantiene esfuerzos para identificar y ayudar a las víctimas de trata, aunque el acceso a los servicios especializados, incluidos los albergues, siguen siendo limitados.  El gobierno siguió implementando su protocolo de "atención inmediata", que define los pasos para las diferentes instituciones gubernamentales que componen el equipo de respuesta inmediata para recibir, identificar, proteger y brindar asistencia integral a las víctimas.  Sin embargo, las organizaciones no gubernamentales afirmaron que estos mecanismos de identificación de las víctimas y de referencia no siempre se aplican efectivamente.  La policía informó de la identificación de 39 posibles víctimas de trata, de las cuales 31 eran de Costa Rica.  Las autoridades también informaron haber ayudado a 75 niños víctimas de explotación sexual comercial y 60 niños víctimas de explotación laboral, y es probable que muchos de ellos fueran víctimas de la trata.

La Oficina de Atención y Protección a las Víctimas del Delito (OAPVD) proporciona servicios de emergencia, así como asistencia jurídica, psicológica y de salud básica a las víctimas de todos los delitos que participan en el proceso penal, incluidas las víctimas de la trata.  El personal de la OAPVD recibió capacitación sobre la trata de seres humanos de una organización internacional durante el año, e informó asistir a siete víctimas de la trata en 2011.  Sin embargo, el gobierno no proporcionó o financió refugios especializados dedicados a las víctimas de trata de personas.  El gobierno cuenta con refugios de emergencia para las mujeres víctimas de violencia doméstica y albergues de corto plazo para jóvenes en riesgo, aunque no estaba claro si las víctimas de la trata recibieron servicios en estos centros durante el año.  El gobierno se apoyó en organizaciones no gubernamentales y organizaciones religiosas para brindar atención especializada a víctimas de la trata y suministró aproximadamente $ 200,000 en fondos para dos organizaciones no gubernamentales para proporcionar algunos servicios a los adultos y los niños en la prostitución.  Las ONG señalaron la falta de refugios especializados para víctimas de la trata, especialmente de niños víctimas de trata con fines de explotación sexual; y las autoridades informaron que la mayor parte de las víctimas identificadas por la policía se negaron a los servicios ofrecidos a las mismas.  Las autoridades dieron protección a algunas de las víctimas en hoteles o casas de alquiler con carácter temporal.

El gobierno concedió el estatus de residencia temporal con permiso de trabajo a ocho de las víctimas extranjeras durante el período de este informe.  Las autoridades de Costa Rica alentaron a las víctimas para ayudar en la investigación y el enjuiciamiento de los tratantes, y varias de las víctimas lo hicieron durante el período de este informe, aunque otras no colaboraron con las investigaciones debido a la falta de confianza en el sistema judicial.  El financiamiento para la protección de testigos ha aumentado, pero sigue siendo limitado.  El gobierno no penaliza a las víctimas identificadas por los actos ilegales cometidos como resultado directo de ser víctimas de la trata.

Prevención

El Gobierno de Costa Rica aumentó los esfuerzos de prevención durante el año que cubre este informe.  En asociación con una organización internacional y con fondos de gobiernos extranjeros, las autoridades de Costa Rica pusieron en marcha una amplia campaña de concientización durante el año.  La Secretaria Técnica contra la Trata de Personas del gobierno, que coordina el programa nacional de la coalición contra la trata de personas, siguió al frente de los esfuerzos del gobierno.  La coalición se reunió seis veces durante el año y sus cuatro comisiones se reunieron sobre una base mensual, un aumento significativo con respecto al año anterior, cuando la coalición sólo se reunió dos veces.  Durante el año se redactó una nueva y amplia ley contra la trata, ha desarrollado un plan de acción nacional contra la trata de personas y el tráfico de inmigrantes, y se instruyó a más de 2.000 estudiantes y miembros de la sociedad civil. Las autoridades se asociaron con organizaciones de la sociedad civil y el sector turístico para capacitar a las empresas en la identificación y denuncia de casos de explotación sexual comercial de niños, dando como resultado un aumento en las denuncias a la policía turística durante el año.  Sin embargo, no hubo informes de investigaciones, enjuiciamientos o condenas de turistas sexuales durante el período que se examina.  El gobierno no informó de esfuerzos adicionales para reducir la demanda de sexo comercial o trabajo forzado.


Plan de Acción de la Categoría 2 para Costa Rica

A. Intensificar los esfuerzos para investigar y enjuiciar delitos de trata, y condenar y castigar a los tratantes;

▪ Un aumento en el número de investigaciones, procesamientos y, cuando corresponda, condenas de los delincuentes de la trata, sería una indicación de que los esfuerzos se han intensificado

B. Fortalecer las unidades especializadas en la fiscalía y la policía a través de mayores recursos y capacitación;

  • El gobierno debe asegurarse de que los oficiales de policía de la unidad de delitos contra la integridad física, trata y tráfico de personas y los fiscales de la oficina de la delincuencia organizada reciban capacitación sobre cómo identificar casos de trata con fines de explotación sexual y de trabajo forzado, y la manera de referir a las víctimas de estos delitos a los servicios de asistencia.

C. Aumentar el financiamiento para servicios especializados para víctimas de la trata, posiblemente mediante el establecimiento de un albergue para víctimas de trata especializado o a través de fondos adicionales para que las organizaciones no gubernamentales presten los servicios;

  • Sobre la base de alianzas con la sociedad civil y los recursos existentes para víctimas de violencia doméstica y de la juventud en riesgo, las autoridades deben financiar otros servicios especializados para víctimas de la trata.


D. Asegurarse de que los casos de la trata que no impliquen movimiento sean investigados y procesados y que las víctimas de estos crímenes reciban los servicios adecuados;

  • Sobre la base de los esfuerzos del gobierno para ayudar a los niños víctimas de explotación sexual comercial y los niños víctimas de explotación laboral, las autoridades policiales deben investigar más delitos de trata con fines de explotación sexual y trabajo forzado que no implican movimiento.
  • Aumento de los informes sobre investigaciones, procesamientos, y cuando corresponda, condenas por los delitos de trata que no impliquen movimiento podría indicar que los esfuerzos se han intensificado.


E. Continuar capacitando a los funcionarios, incluidos los inspectores laborales, sobre cómo identificar y responder a los casos de trata, y,

F. Mejorar la recopilación de datos para la aplicación de la ley y los esfuerzos de protección de las víctimas.

  • Las autoridades deben esforzarse por recopilar, analizar y reportar información sobre los esfuerzos de la fiscalía, incluyendo el número de condenas y la duración de las penas, de una manera oportuna.
  • La recolección de datos debe distinguir entre la trata de personas y otros delitos, como el tráfico ilícito de migrantes.